Datos Generales del solicitante, si el mismo desea proporcionarlos
Señalamiento preciso de la información
Con el fin de brindar un mejor servicio, además de escribir
la información que solicita, se sugiere proporcionar todos los datos que
considere facilitan la búsqueda de dicha información.
Modalidad en la que desea recibir la información
Si la modalidad seleccionada es correo electrónico es importante que lo escriba correctamente, de otro modo no podremos hacer llegar el acuse correspondiente y la información que solicita.
Aclaraciones importantes
Si la solicitud no contiene los datos señalados, el ente
público deberá prevenir al solicitante por escrito en un plazo no mayor de cinco
días hábiles contados a partir de su recepción con objeto de que complete o
aclare los datos necesarios, apercibiéndole de que si no se atiende la
prevención dentro de los cinco días hábiles posteriores, la solicitud se tendrá
por no presentada. La prevención deberá notificarse al solicitante por correo
electrónico o en el domicilio que al efecto haya señalado, en su caso. Si se ha
omitido el domicilio, la notificación se hará por estrados.
ARTICULO 44 DE LA LTEIET
1.- La unidad de Información Pública del ente público correspondiente está obligada
a auxiliar al solicitante en la presentación del escrito en el cual ejercita el
derecho de acceso a la información pública.
2.- Si la solicitud se presenta ante un ente público que no sea competente para
proporcionar la información requerida o que carezca de ella por no ser de ámbito
de su responsabilidad, la Unidad de Información Publica hará la comunicación del
caso al solicitante en un plazo no mayor de cinco días hábiles y le brindara la
orientación que requiera.
LTAIPET.- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.